La Junta de Andalucía ha aprobado una Ley, la 5/2021, el 20 de octubre de 2021 que afecta a algunos de los impuestos aplicables en la región andaluza. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales aplicable a la compra de viviendas fue uno de los impuestos afectados por estos cambios que entraron en vigor el 1 de enero de 2022. Estos son los detalles de dichos cambios:
- El tipo impositivo general se ha fijado en un 7% fijo (frente a los 8%, 9% y 10% anteriores) para la compra de inmuebles de segunda mano. Esta reducción se aprobó previamente en abril de 2021 pero sólo para el año 2021 y ahora se ha adoptado de forma permanente.
- También hay algunos casos con tipos impositivos reducidos que mencionamos a continuación:
Un tipo impositivo reducido del 3,5% para compradores menores de 35 años, familias numerosas y compradores discapacitados con un valor máximo de la vivienda de 150.000 euros para los jóvenes y 250.000 euros para los dos últimos grupos. Ese tipo reducido con un valor máximo de la vivienda de 150.000 euros también es aplicable a las víctimas de la violencia doméstica, a las víctimas del terrorismo y a los inmuebles situados en municipios con problemas de despoblación.
Un tipo impositivo reducido del 6% para cuando la vivienda vaya a ser residencia permanente del comprador y el precio de la vivienda no supere los 150.000 euros.
Un tipo impositivo reducido del 2% cuando la parte compradora sea una empresa registrada como inmobiliaria que cumpla con una normativa específica.
* Recuerde siempre que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales sólo es aplicable a la compra de viviendas de segunda mano mientras que el IVA se aplica a la compra de viviendas nuevas donde el tipo fijo es del 10%.
** Dado que cada caso es diferente, recomendamos consultar el contenido de este artículo con su abogado o asesor fiscal.