Hay dos impuestos principales a la hora de vender una vivienda en España: el Impuesto sobre la Ganancia Patrimonial y la Plusvalía Municipal. En este artículo nos vamos a centrar en el Impuesto sobre la Ganancia Patrimonial y en su norma general para personas físicas puesto que hay muchos casos particulares en los que por espacio no podemos entrar.
¿Cómo se calcula la Ganancia Patrimonial que va a ser objeto del Impuesto?
Ganancia Patrimonial = Valor de Transmisión - Valor de Adquisición
Detallaremos ahora como calcular esos dos valores:
Valor de Transmisión es el valor por el que se vende la vivienda menos los gastos y tributos asociados a la operación de compraventa que se detallan a continuación:
Los honorarios de la agencia inmobiliaria, si la operación se realizará a través de una, con su IVA correspondiente (en este punto es importante destacar que para deducir un gasto hay tener un documento justificativo - recibo del pago de un tributo o factura - por lo que es clave guardarlos cuando se realice una operación).
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la conocida Plusvalía Municipal.
Los gastos de cancelación de la hipoteca en caso de que existiera una sobre el inmueble.
Valor de Adquisición es el valor que se pago por la vivienda más posibles inversiones realizadas sobre ella, reformas (hay que tener facturas para poder añadirlas), y más los gastos y tributos asociados a la operación de compra que se detallan a continuación:
Los gastos de Notaria y Registro de la Propiedad.
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o el IVA dependiendo de si era de segunda mano o nueva.
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Los costes de la reforma de la vivienda destinados a la ampliación o a una mejora sustancial de la misma. Para añadir estos costes al valor de adquisición hay que contar con las facturas que acrediten dichos gastos.
¿Cuándo se paga el Impuesto sobre la Ganancia?
En junio del año siguiente al que se produce la transacción y dentro del Impuesto de la Renta (IRPF).
¿Cuánto se paga por el Impuesto sobre la Ganancia Patrimonial?
El tipo impositivo esta dividido en tramos y depende de la Ganancia Patrimonial que se haya tenido:
* Como cada caso es diferente, es muy recomendable que compruebe sus propios detalles con su abogado o asesor fiscal.