¿Conoces las responsabilidades y garantías asociadas a las nuevas construcciones?
Responsabilidades:
La Ley de Ordenación de la Edificación establece tres responsabilidades distintas dependiendo de la seriedad de los daños. La fecha en la que se inicia la responsabilidad es el día en que el promotor recepciona del constructor la obra completamente acabada y de acuerdo al proyecto aprobado y a las normas reguladoras de la industria.
- Responsabilidad decenal: se refiere a aquellos casos en los que los daños pueden afectar total o parcialmente la resistencia mecánica o la estabilidad del edificio o vivienda y su habilidad para ser habitada.
- Responsabilidad por tres años: se refiere a aquellos defectos o vicios ocultos que pueden afectar a los sistemas o instalaciones del edificio o vivienda que pueden afectar la habitabilidad de los mismos (grietas, humedales, etc.).
- Responsabilidad por un año: se refiere a aquellos defectos que son aparentes al ojo humano y principalmente de acabados. Son los que aparecerían en las listas de chequeo de las promotoras.
Dichas responsabilidades recaen en el agente responsable de los trabajos aunque el promotor siempre será responsable subsidiar-io. La Ley asimismo establece un periodo de dos años para poder reclamar desde que los daños se hicieran evidentes. Aunque, si los daños son causados por fuerza mayor, terceras partes o el propietario, dichas responsabilidades desaparecerían.
Garantías:
- La responsabilidad decenal se cubre con el conocido "Seguro Decenal". El Registro de la Propiedad, con algunas excepciones, no registrara la vivienda sin ese seguro.
- La responsabilidad de tres años la cubre también un seguro específicamente diseñado para ello.
- La responsabilidad de un año: generalmente la cubre un seguro del constructor y sustituye a la retención del 5% de la facturación del mismo que se practicaba con anterioridad.
Como cada caso es diferente, es muy recomendable que compruebe sus propios detalles con su abogado o asesor fiscal.
Aunque hay más operaciones, los precios siguen sin subir.
Lo cierto es que se siguen manteniendo las tendencias: el número de transacciones sigue subiendo de manera estable y los precios se mantienen excepto en algunas zonas exclusivas donde la escasez de oferta hace que los precios tiendan al alza. La sensación de que el mercado está mejor ya está en la calle y esta trayendo un doble efecto: primero que esta aumentando el inventario de propiedades en venta y segundo que los propietarios están subiendo los precios de venta.
Aunque este segundo efecto no se nota todavía en los datos del Ministerio si se observa en la tendencia de los precios que ya refleja el índice de Fotocasa con subidas desde septiembre de 2014. El mercado está mejorando pero todavía estamos en un mercado de compradores donde el stock de propiedades sube y sigue costando mucho cerrar cada transacción. Los vendedores están ya pensando en subir los preci-os mientras que los compradores todavía no están preparados para ello.
Are you aware of the Liabilities and Guarantees on new constructions?
Liabilities:
The Ley de Ordenacion de la Edificacion establishes three different liabilities depending on the seriousness of the damages. The initial date of each liability period is the day the developer formally accepts the building from the builder as fully finished and in compliance with the approved project and construction regulations.
- Ten year liability: it refers to those cases where there are serious damages affecting structural elements of the construction that may affect partially or totally the mechanical resistance or the stability of it and the viability of the property to be dwelled.
- Three year liability: it refers to those hidden flaws or defects of the construction or its systems and installations that may affect the habitability of the building like cracks, damp, etc.
- One year liability: it refers to those defects apparent to the naked eye and affecting the finishing aspect of the works. Those are the ones that will appear in a snagging list on new developments.
The liability rests on the agent responsible for the works although the developer will be always held jointly liable. The period to exercise the right to claim is two years from the time the damages become apparent. However, damages caused by force majeure, third parties or the owner of the property are excluded from those liabilities.
Guarantees:
- Ten years liability: this is to be cover by a ten years liability insurance (what is commonly called “seguro decenal”). The Land Registry, with some exceptions, will not registry the property without that insurance.
- Three years liability: it is cover by an insurance specifically designed for the damages to be covered.
- One year liability: to be cover by an insurance, usually from the builder, on the minor defects detected during that first year. It substitutes the one year retention of the 5% of the total cost of building on the final payment to the builder.
Since each particular case is different, it is fully recommended that you check your own details with your lawyer.
Although there are more transactions, the house prices are still flat.
What is true is that the number of transactions is going up steadily but the prices are not except, maybe, for prime locations where the good opportunities have left al-ready the market. The sense of a better market is already general and is bringing two effects: the first one is that, as I have already commented in some of my previous newsletters, the stock of for sale properties keeps on growing and, the second one, that owners are increasing their asking prices.
That second effect can be observed in the index of prices provided by the real estate web portal Fotocasa, one of the best in Spain, and shown on the chart attached that shows that increase from September 2014. The market is improving but it is still a buyer’s market with an increasing in-ventory where closing transactions is not an easy task. Sellers are already thinking on increasing the prices while buyers are still not prepared for that increase.
La Reforma Fiscal de 2015, ¿Cómo afecta a las transacciones inmobiliarias?
Coeficientes de Actualización:
- Es un coeficiente que compensaba la inflación. Cuando se aplicaba reducía la ganancia de capital fruto del aumento del coste de la vida. Este coeficiente reducía el valor de las plusvalías alrededor de un 25% para propiedades que se compraron hace unos diez años.
- Este coeficiente se ha eliminado completamente con la Reforma Fiscal y no se aplica a partir del 1 de enero de 2015.
Coeficientes de Abatimiento:
- El coeficiente de abatimiento se aplica a la ganancia de capital resultante de la venta de propiedades compradas antes de 1995. El coeficiente se introdujo en 1992 y se elimino parcialmente en 2006. Reduce la ganancia de capital que se obtiene en operaciones de compra venta cuando la propiedad se compro antes de 1995 para el periodo desde la compra hasta el 19 de enero de 2006. Este coeficiente puede reducir la ganancia de capital hasta en un 100% para propiedades que se compraran antes de 1986.
- La Reforma Fiscal mantiene este coeficiente reductor pero limita su aplicación a un máximo de 400.000 euros de precio de venta. Por tanto, si una propiedad se vende por 500.000 euros, se le aplicaran los coeficientes de abatimiento a los primeros 400.000 euros pero no a los restantes 100.000 euros que pagarán la plusvalía completa.
Por ejemplo, una propiedad que se compró en 300.000 euros en 1990 y que se vende ahora por 500.000 euros tiene un 97% de incremento en la plusvalía que se genera tras la aprobación de la Reforma Fiscal (pagará 33.187 € en 2015 frente a los 16.829 € que hubiese pagado en 2014).
Deducción en el alquiler recibido de arrendadores con una edad inferior a 30 años:
- La deducción era de un 100% de la renta obtenida cuando el arrendador era menor de 30 años hasta el fin de 2014.
- La Reforma Fiscal a dejado esa misma deducción en un 60% de la renta obtenida.
Como cada caso es diferente, es muy recomendable que compruebe sus propios detalles con su abogado o asesor fiscal.
Más transacciones y más inventario en Marbella
The Spanish Tax Law Modification, how does it affect the taxation of real estate transactions?
Price Updating Coefficient:
- This coefficient was applied to compensate the inflation. When this coefficient was applied, it eliminated the capital gain due to the general increase in the cost of life (inflation). That reduction coefficient applied to the capital gain generated could be around 25% for properties purchased ten years ago.
- This coefficient has been fully eliminated with the modification of the Spanish Tax Law and will not be applied from January 1st 2015.
- This abatement of tax coefficient was being applied to the sale of properties bought before 1995. This coefficient was introduced in 1992 and partially eliminated in 2006. It reduces the capital gain obtained on sale operations when the purchase of the property was before 1995 and for the period from the purchase date up to January 19, 2006. That reduction could even be of a 100% for properties acquired before 1986.
- The new modification of the Spanish tax law has maintained this coefficient but its application is limited to a maximum of 400.000 euros of the sales price. Therefore, for a property sold for 500.000 euros, the abatement coefficient will be applied to the first 400.000 euros of price and the remaining 100.000 euros of price will pay full capital gain tax.
- That deduction on the rent received from tenants under the legal age of 30 was 100% up to the end of 2014.
- The modification of the Spanish tax law has reduced the deduction to 60%.
More transactions and more inventory in Marbella.
El cambio esta aquí! Los precios en Marbella ya están subiendo.
The Eralia Housing Market Report for the Costa del Sol / Informe de Eralia sobre el Mercado Inmobiliario de la Costa del Sol
El informe del tercer trimestre sobre el Mercado Inmobiliario de la Costa del Sol ya esta disponible. Hay mucha información muy interesante para poder entender que esta pasando en el mercado inmobiliario.
The change is here! The prices in Marbella are finally going up.
La Quinta Hills (La Quinta - Benahavís - Costa del Sol)
- Beds/baths: 3 bedrooms & 2.5 bathrooms
- Built size: 122.19 m2
- Price: 280.000 Euros
Ático Carib Playa (Las Chapas - Marbella - Costa del Sol)
- Beds/baths: 2 bedrooms & 2 bathrooms
- Built size: 141.93 m2
- Price: 185.000 Euros
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Carib Playa (Las Chapas - Marbella - Costa del Sol)
- Beds/baths: 2 bedrooms & 2 bathrooms
- Built size: 130 m2
- Price: 183.000 Euros
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Resumen de los impuestos a pagar cuando se compra, vende o posee una propiedad en España
En operaciones de venta de inmuebles:
Ganancia de capital — es el impuesto que se paga por la ganancia que se produce al vender una propiedad. Se calcula como la diferencia entre el precio que se pago y la cantidad por la que se ha vendido deduciendo los gastos de las dos operaciones y posibles inversiones en la propiedad (en el caso de no residentes, el comprador esta obligado a ingresar un 3% del precio de compra en la Agencia Tributaria para cubrir este impuesto u otros posibles impuestos que estén pendientes de pago. El vendedor deberá presentar la declaración de la venta para liquidar el impuesto: si el impuesto es mayor que el 3% que se ha retenido, el vendedor tendrá que pagar la diferencia y, si es menor, solicitará una devolu-ción). Hay también casos especiales cuando el vendedor es mayor de 65 años y/o es la vivienda habitual.
Plusvalía Municipal—es un impuesto pagadero al Ayuntamiento por el incremento de valor del terreno sobre el que esta la propiedad que se transmite. Se calcula en función del valor catastral del suelo, los años de posesión y unos coefi-cientes que dependen de cada Ayuntamiento.
Adicionalmente e independientemente de los impuestos que se pagan al vender, hemos preparado un hoja de ayuda para calcular todos los costes a la hora de vender. La puedes descargar aquí: Neto al Vender
En operaciones de compra de inmuebles:
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA (más AJD) — he escrito con anterioridad algún artículo sobre este tema puesto que hay distintos casos dependiendo del tipo de propiedad y quien la transmite. En general, si la propiedad es nueva pagará IVA (más 1,5% de AJD) que varia entre el 10 y el 21% del precio de compra y si es de segunda mano paga Transmisiones Patrimoniales entre un 8 y un 10% del precio de compra.
Notaria y Registro de la Propiedad (aunque no son realmente impuestos, son pagaderos en cada transacción).
Por la posesión de un inmueble:
I.B.I. — se paga al Ayuntamiento para cubrir los gastos de mantenimiento del mismo. Se calcula en función del valor catastral de la propiedad.
Tasa de Basura—depende de los Ayuntamientos y en algunos casos también se calcula en función del valor catastral de la propiedad.
Impuesto de Patrimonio —es un impuesto complejo por lo que siempre es recomendable usar un asesor fiscal.
Renta de Capital Inmobiliario—tanto si la propiedad se esta alquilando como si no, la Agencia Tributaria va a requerir a los no residentes a que paguen este impuesto. La base imponible se calcula en función del valor catastral de la propiedad.
Como cada caso es diferente, es muy recomendable que compruebe sus propios detalles con su abogado o su asesor fiscal.
Cumbre de Los Almendros (Puerto del Almendro - Benahavís - Costa del Sol)
- Beds/baths: 2 bedrooms & 2 bathrooms
- Built size: 98.59 m2
- Terrace size: 34.73 m2
- Price: 260.000 Euros
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Oficina Ricardo Soriano (Marbella Centro - Costa del Sol)
- Beds/baths: 1 bedroom & 1 bathroom
- Built size: 133.46 m2
- Price: 280.000 Euros
Hoyo 15 (Guadalmina Baja - Marbella - Costa del Sol)
- Beds/baths: 3 bedrooms & 3 bathrooms
- Built size: 131 m2
- Terrace size: 47.28 m2
- Price: 299.000 Euros
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Las Terrazas (Puerto del Almendro - Benahavís - Costa del Sol)
- Beds/baths: 2 bedrooms & 2 bathrooms
- Built size: 110.67 m2
- Price: 240.000 Euros
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